Expediente T-7927186 Fecha sentencia 2021-09-22 Sentencia A. 690/21 Tema: El accionante le solicitó a la Corporación decretar como medida provisional, la orden al accionado de abstenerse de difundir por cualquier medio de información o comunicación, tales como YouTube, WhatsApp, Instagram, la obra audiovisual ‘Matarife: un genocida innombrable”. En su criterio la medida es procedente por los siguientes motivos: 1º. Por existir un riesgo inminente de afectación a los derechos fundamentales a la honra y buen nombre, puesto que capítulos nuevos de la segunda temporada de la serie están siendo difundidos y serán difundidos. 2º. De acuerdo con la jurisprudencia constitucional, la difusión de estos capítulos constituye un “ejercicio irrazonable y desproporcionado de su libertad de expresión” y podría ser calificada de “ciberacoso” y, 3º. Si no se dicta una medida provisional, la “protección constitucional de la acción constitucional de tutela se tornaría insuficiente”. La Corte concluyó que la medida provisional solicitada resultaba desproporcionada y, por ello, decidió, NEGARLA |
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